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Noticias Argentinas difundió que la Comisión Nacional de Valores (CNV) reglamentó los productos de inversión que podrán utilizarse para administrar los recursos del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) previsto en la reforma laboral.
La medida fue formalizada mediante la Resolución General 1167/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial, y establece las condiciones que deberán cumplir los instrumentos financieros destinados a canalizar los recursos del sistema.
De acuerdo con la normativa, los denominados Productos de Inversión Colectiva de Fondos de Asistencia Laboral podrán estructurarse a través de fondos comunes de inversión abiertos o mediante fideicomisos financieros.
El nuevo régimen determina los requisitos que deberán cumplir las sociedades administradoras y los fiduciarios, además de establecer pautas relacionadas con las políticas de inversión, la asignación de los recursos y la identificación de los empleadores que realicen aportes.
Para ese seguimiento, cada empresa contará con un identificador individual, que permitirá vincular sus aportes con el vehículo de inversión que haya sido seleccionado.
La reglamentación también establece obligaciones de información. Los productos alcanzados deberán publicar mensualmente una denominada “Ficha FAL”, en la que se detallará el patrimonio administrado, la composición de la cartera, las principales inversiones y los rendimientos históricos netos de honorarios.
De esta manera, la resolución de la CNV reglamenta específicamente los instrumentos financieros mediante los cuales podrán administrarse e invertirse los recursos del FAL.
La normativa, sin embargo, no dispone una sustitución automática de las indemnizaciones laborales para la totalidad de los trabajadores, sino que establece las reglas aplicables a los vehículos de inversión previstos para el funcionamiento del Fondo de Asistencia Laboral.